¿Se puede ser pensionista y trabajar como autónomo en España?

Astrid Gaterud

La mayoría de los trabajadores, cuando se acercan a los 60 años están empezando a contar los meses y días que les quedan para poder jubilarse, pero no todos son así. Si estás leyendo este artículo es porque probablemente tú no sientas con tanta ilusión la llegada de la edad de jubilación y prefieras seguir trabajando como autónomo porque disfrutas con tu trabajo o por necesidades económicas.

¿Pero se puede ser pensionista y trabajar como autónomo a la vez? En esta guía te contamos todo sobre cómo ser autónomo y recibir pensión al mismo tiempo, incluido cuánto puedes llegar a cobrar, además de presentarte una cuenta muy fácil de usar para domiciliar tu pensión y tus recibos de autónomo: la cuenta de Wise.

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Cómo compatibilizar la pensión y el trabajo de autónomo

Sí, es posible ser pensionista y trabajar como autónomo en España, ya que la legislación actual lo permite, en concreto a través de la figura llamada jubilación activa.

Jubilación activa: ¿qué es y cómo solicitarla?

Desde 2013 se puede combinar la pensión contributiva con el trabajo por cuenta propia incluso aunque se supere el Salario Mínimo Interprofesional (algo que anteriormente no estaba permitido).

Como la legislación va cambiando casi cada año, es importante saber que todos estos detalles van sufriendo modificaciones, aunque en general la tendencia es la de flexibilizar los requisitos para favorecer que más gente se acoja a la jubilación activa. En caso de duda puedes consultar los datos en el Artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social.

Un detalle a tener en cuenta es que, si simplemente eres el titular de un negocio y no explotas personalmente el negocio, existe una sentencia¹ que afirma que no es necesario acogerse a la figura de jubilación activa y puedes cobrar tu pensión activa sin ningún problema, pero esto podría no ser aplicable a todos los casos.

Requisitos para poder acogerse a la jubilación activa

Para poder recibir la pensión que te corresponde a la vez que desempeñas tu trabajo como autónomo es necesario cumplir estos requisitos:

  • Haber cumplido la edad de jubilación
  • Estar cobrando el 100 % de la pensión
  • No superar el Salario Mínimo Interprofesional, que es de 15 876 euros brutos anuales para el año 2024 (para poder cobrar el 100 % de la pensión)

¿Cuánto cobra un pensionista autónomo?:

Obviamente, tu pensión depende fundamentalmente de los años cotizados y de la cuantía de la cotización para la pensión más común, la pensión contributiva, pero en el caso que nos ocupa lo fundamental son los importes correspondientes en relación a la pensión y al trabajo como autónomo.

Este es el porcentaje de pensión que puedes cobrar según tu actividad como autónomo.

  • Jubilados que no superen el SMI: 100 % de la pensión
  • Jubilados activos que superen el SMI (y tengan contratada a al menos una persona: 100 % de la pensión.
  • Jubilados activos que superen el SMI (y no tengan contratada ninguna persona): 50 % de la pensión.

Hay que destacar que, una vez terminada la actividad como autónomo, volverás a cobrar la pensión completa en caso de que se te rebajase al 50 % durante tu periodo como pensionista autónomo.

En cuanto a las cotizaciones, se cotizará únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, aunque sujetos a su vez a una denominada cotización de solidaridad de un 8 %.

Donde guardar tu dinero de la pensión o los ingresos de autónomo

Wise no es un banco tradicional, sino una entidad digital (pero que en la práctica apenas se diferencia de los bancos tradicionales en su uso diario) que te permite depositar tu pensión de jubilación y todos tus pagos como autónomo en una cuenta digital muy fácil de usar con varias ventajas:

  • Dinero salvaguardado de forma similar a un banco
  • Fácil apertura
  • Pagos en decenas de divisas sin sobreprecio
  • Tasas bajas y totalmente transparentes
  • Conversión automática entre divisas para no preocuparte por los pagos en cualquier divisa
  • Posibilidad de hacer crecer tu dinero mientras está en tu cuenta, descubre más es este link

Si has podido llegar a este artículo no tendrás ningún problema en hacerte cliente de Wise porque abrir una cuenta no es mucho más difícil que llegar hasta este artículo y leerlo.

Solo tienes que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Para darte de alta en Wise es imprescindible tener una conexión a internet y un navegador o descargar la aplicación de Wise. Puedes hacerlo pulsando en este enlace para hacerlo desde tu ordenador o pulsando Android si tienes este tipo de dispositivo. Por último, si tienes iPhone pulsa ese enlace y posteriormente en descargar.
  2. Una vez descargada la aplicación o visitada la página web, ve al apartado de registro, que será un botón que se puede ver muy fácilmente al abrir la app o sitio web.
  3. Se te pedirá un correo electrónico, por ejemplo, tu dirección de Gmail, esa que tiene una @ en la parte del medio.
  4. También tendrás que guardar una contraseña, que es una palabra secreta o una combinación de números, letras y otros símbolos para que solo tú puedas acceder a tu cuenta de Wise.
  5. Deberás indicar tus datos personales de la misma forma que lo harías con un banco, pero Wise cumple los mismos requisitos de protección de datos.
  6. Tendrás que confirmar tu número de teléfono: para ello abre tus notificaciones (donde te aparecen las novedades de tu teléfono) o directamente ve al apartado de mensajes, que normalmente está al lado del botón de llamadas y busca un mensaje de Wise. Desde ahí copia el código recibido en la aplicación o la web de Wise para confirmar que tu número de teléfono sea correcto.

Una vez que abras tu cuenta, podrás pedir y usar su tarjeta de igual forma que con un banco tradicional, pero a partir de ese momento no tendrás que preocuparte por los gastos y comisiones que tienes que pagar con los bancos tradicionales.

¡No lo dudes y empieza a disfrutar de las ventajas de Wise!


Notas y fuentes:

¹ TSJ de Galicia - Sentencia: 04503/2021
Foto: Mark Timberlake

Comprobado por última vez el 31 de enero de 2024.


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Esta publicación se proporciona con fines de información general y no constituye asesoramiento legal, fiscal o profesional de Wise Payments Limited o sus subsidiarias y sus afiliadas, y no pretende sustituir el asesoramiento de un asesor financiero o cualquier otro profesional.

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