¿Qué es el impuesto sobre el patrimonio y cómo funciona en España?

Astrid Gaterud

En España, las personas que poseen bienes por encima de ciertos umbrales están obligadas a pagar el Impuesto sobre el Patrimonio. Por eso, aquí conocerás qué es, quiénes tienen que declararlo y pagarlo, cómo se calcula, las diferencias entre comunidades autónomas, los plazos y modos de presentación y cómo pagarlo usando cuentas con muchas ventajas como la de Wise.

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Introducción al impuesto sobre el patrimonio en España

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo directo que grava a las personas físicas de manera individual, no sobre sus ingresos anuales, que ya están sujetos al Impuesto sobre la Renta, sino sobre el valor neto de los bienes y derechos que poseen. Este valor se calcula restando las cargas, gravámenes y deudas correspondientes. Su objetivo principal es gravar la riqueza acumulada, especialmente en los individuos con mayor patrimonio, promoviendo la progresividad fiscal.

Su aplicación es nacional, aunque su gestión está cedida a las comunidades autónomas. Eso significa que la fiscalidad varía enormemente entre las diversas regiones españolas, pudiendo ser muy diferentes los mínimos exentos, el tipo de gravamen, las deducciones y las bonificaciones.

¿Quiénes están obligados a presentar declaración del Impuesto del Patrimonio?

Probablemente te preguntes quién paga el Impuesto del Patrimonio en España. De forma general, las personas físicas con residencia habitual en territorio español están obligadas a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio en España y declarar el conjunto de bienes y activos en su posesión de forma periódica.

La residencia habitual en España se cumple cuando se da cualquiera de los dos siguientes supuestos:

  • Permanecer en España durante 183 días o más durante un año natural
  • Que las actividades o intereses económicos de esa persona se concentren predominantemente en España
  • Salvo que se demuestre lo contrario, se asumirá la residencia cuando el cónyuge y los hijos menores del sujeto pasivo residan en España

En esos casos, como residente en España, estarán obligados a presentar un listado que comprenda lo siguiente:

  • Bienes y activos en territorio español y en el resto de países

No obstante, las personas físicas sin residencia habitual en España pueden estar obligadas a declarar sus bienes, derechos y activos de los que sean titulares cuando estos estén circunscritos al ámbito español.

En ese caso, una persona con residencia no habitual en España declarará:

  • Bienes y activos situados en España
  • Otros activos con vinculación económica con España

Sin embargo, como habrás podido observar, cuando se paga el impuesto de patrimonio este tipo de sujetos pasivos no rinden cuentas por los activos, bienes y derechos de otros países sin vinculación, que tendrán que declarar, si procede en los respectivos países de esos bienes y derechos o en su país de residencia habitual si fuese distintos.

No obstante, en los casos en los que no se supere el mínimo exento, que en el caso general es de 700 000 € y por tanto no estén obligados a ingresar ninguna cuota de pago siempre que el valor de sus bienes y derechos no supere los 2 millones de euros.

¿Cómo se calcula el Impuesto sobre el Patrimonio?

Si ya entiendes qué es el Impuesto sobre el Patrimonio, es posible que te preguntes cómo se calcula. Al igual que otros tributos, este es un impuesto progresivo. Sin embargo, su aplicación está sujeta a límites que dependen no solo de la normativa estatal, sino también de los mínimos exentos, los tipos impositivos y las bonificaciones, que se detallan en la sección siguiente.

De momento, puedes hacerte una idea de forma general de cómo se calcularía el Impuesto sobre el Patrimonio:

  1. Determina el patrimonio sujeto a gravamen: sumando el valor de todos tus bienes y derechos, réstale los pasivos vinculados a esos bienes. De ahí resultará el patrimonio neto, al que tendrás que aplicarle las exenciones legales según tu región de residencia. Por ejemplo, a nivel estatal existe una exención de 300 000 € por vivienda habitual, que puede variar en función de la comunidad autónoma o territorio.

  2. Busca el tramo que le corresponde a tu patrimonio en la escala: algunos territorios aplican una escala propia, por lo que la base liquidable, la cuota y el tipo pueden variar, pero son varias las comunidades que aplican la escala estatal, cuyo tipo máximo está en el 3,5 % y cuyos datos1 te presentamos a continuación:

Base liquidable (en euros)Cuota Íntegra (en euros)Tipo aplicable sobre el exceso (%)
Hasta 167 129,4500,20 %
De 167 129,45 a 334 252,88334,260,30 %
De 334 252,88 a 668 499,75835,630,50 %
De 668 499,75 a 1 336 999,512 506,860,90 %
De 1 336 999,51 a 2 673 999,018 523,361,30 %
De 2 673 999,01 a 5 347 998,0325 904,351,70 %
De 5 347 998,03 a 10 695 996,0671 362,332,10 %
Más de 10 695 996,06183 670,293,50 %

Tendrás que sumar la cuota fija correspondiente al tramo y el porcentaje aplicado sobre lo que exceda el límite inferior del tramo. Así obtendrás la cuota íntegra.

  1. Aplica las bonificaciones correspondientes (si existen): en función de las comunidades puede haber varios tipos de bonificaciones aplicables para calcular la cuota final a pagar mediante los métodos de pago disponibles en la Agencia Tributaria, teniendo en cuenta que las cantidades pueden ser altas y que es importante contar con cuentas con bajas comisiones como la de Wise para hacer tus operaciones con Hacienda.

Impuesto sobre el patrimonio por comunidades autónomas

En función del territorio donde se declara el Impuesto de Patrimonio los mínimos exentos, la escala aplicable y las bonificaciones son distintas.

Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía

  • Mínimo exento: entre 1 250 000 y 1 500 000 euros para personas con discapacidad; 700 000 € para el resto1
  • Escala: propia (máximo 2,5 %)2
  • Bonificaciones: 100 %3 desde 2022

Impuesto sobre el Patrimonio en Aragón

  • Mínimo exento: 400 000 €1
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Tipo máximo: 3,5 %2
  • Bonificaciones: 99 % hasta 300 000 € en contribuyentes con discapacidad3

Impuesto sobre el Patrimonio en Asturias

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: propia (máximo 3 %)2
  • Bonificaciones: 99 % hasta en contribuyentes con discapacidad3

Impuesto sobre el Patrimonio en Baleares

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: propia (máximo 3,45 %)2
  • Bonificaciones: 90 % en bienes culturales originales y únicos3

Impuesto sobre el Patrimonio en Canarias

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Cantabria

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: propia (máximo 3,03 %) 2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla-La Mancha

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla y León

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña

  • Mínimo exento: 500 000 €1
  • Escala: propia (máximo 3,48 %)2
  • Bonificaciones: 99 % para personas discapacitadas; 95 % para propiedades forestales3

Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad de Madrid

  • Mínimo exento: no aplica
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: 100% para todos los patrimonios3

Impuesto sobre el Patrimonio en Extremadura

  • Mínimo exento: entre 600 000 y 800 000 para personas con discapacidad; 500 000 € para el resto1
  • Escala: propia (máximo 3,75 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Galicia

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: propia (máximo 2,5 %)2
  • Bonificaciones: 25 %3

Impuesto sobre el Patrimonio en La Rioja

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: estatal (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Navarra 4

  • Mínimo exento: 550 000 €
  • Escala: propia (máximo 3,5 %)
  • Bonificaciones: no aplica
  • Reducciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en el País Vasco 5 6

  • Mínimo exento: 700 000 – 800 000 €5 6
  • Escala máxima: propia (2 -2,5 %)5 6
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en la Región de Murcia

  • Mínimo exento: 700 000 €1
  • Escala: propia (máximo 3 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Impuesto sobre el Patrimonio en Valencia (Comunidad Valenciana)

  • Mínimo exento: hasta 1 000 000 para personas con discapacidad; 500000 € para el resto1
  • Escala: propia (máximo 3,5 %)2
  • Bonificaciones: no aplica

Cómo se presenta el Impuesto sobre el Patrimonio

La declaración del Impuesto del Patrimonio en España es un trámite que solo se puede presentar a través de Internet, usando el Modelo 714, accesible mediante el denominado Servicio de tramitación de declaración de Patrimonio.

Para poder demostrar tu identidad e iniciar el trámite necesitarás alguno de los siguientes métodos de identificación:

  • Certificado digital: como por ejemplo el que traen incorporados las últimas versiones del DNI.
  • Cl@ve Móvil (anteriormente llamado Cl@ve PIN): donde puedes registrarte mediante una carta en tu domicilio, por videollamada en línea, con certificado o DNI electrónico, o de forma presencial.
  • Número de referencia: generalmente conociendo el valor de la casilla 505 de la declaración de la renta podrás generar un número de 6 dígitos para hacer trámites en Hacienda.

El modelo 714 consta de 10 apartados diferentes, en el primero de ellos aparecen los datos de identificación del titular de los bienes y activos, la modalidad de tramitación, el régimen y otros datos básicos de tramitación.

En los apartados del 2 al 8 se encuentra la parte central del formulario, donde tendrás que dar cuenta de los bienes, derechos, activos y deudas y deberes que formen parte del patrimonio.

Con estos datos, en los apartados 9 y 10 se generará un resumen de tu patrimonio neto, se calculará la base imponible y se generará el documento para quien paga el impuesto del patrimonio (normalmente para el titular).

📖 Lee también: Impuesto de sucesiones: ¿qué es y cómo se calcula?

Plazos del Impuesto del Patrimonio

Al igual que con la declaración de la Renta, el plazo para pagar el Impuesto sobre el Patrimonio en España es entre abril y finales de junio, normalmente siendo la fecha límite de presentación el 30 de junio, aunque obviamente conviene planificarlo todo con más antelación y no dejarlo para el último día.

En cuanto a qué patrimonio hay que declarar, cuentan la valoración de los bienes, derechos, deudas, etc. a fecha de 31 de diciembre del año fiscal que se declara (es decir, del año anterior), aunque puede haber casos como el de las cuentas bancarias donde si el saldo medio del último trimestre es mayor que el saldo a 31 de diciembre, haya que declarar el de mayor valor.

Cómo pagar el Impuesto del Patrimonio

Ten en cuenta que una vez calculada la cuota íntegra que tienes que pagar en concepto del Impuesto de Patrimonio, tendrás que abonar la cantidad correspondiente de forma íntegra, aunque, excepcionalmente, puedes solicitar el pago a plazos o un fraccionamiento, según la región de España donde residas.

En cuanto a los métodos de pago, generalmente es posible el pago de impuestos mediante tres métodos principales:

  • Domiciliación en cuenta bancaria
  • Transferencia bancaria directa (solo para bancos no asociados con Hacienda)
  • Pago con tarjeta de débito o crédito
  • Generación de un NRC (Número de Referencia Completo) para pagar en una entidad colaboradora
💡 Lee más sobre Domiciliación bancaria: qué es y cómo se hace en España

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La banca tradicional sigue siendo, sin lugar a dudas, el método de pago más usado por los contribuyentes para saldar sus deudas con Hacienda, pero lo cierto es que, como las personas con más recursos saben, cuanto más dinero tienes, más impuestos hay que pagar, y más comisiones bancarias suelen tener que asumir.

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Fuentes:

  1. Agencia Tributaria – Escala estatal de Ley Impuesto sobre Patrimonio
  2. Agencia Tributaria – Mínimo exento para sujetos por obligación personal
  3. Agencia Tributaria – Escalas autonómicas
  4. Agencia Tributaria – Deducciones y bonificaciones autonómicas
  5. Gobierno de Navarra – Ley de Impuesto sobre el Patrimonio
  6. Gobierno de Bizkaia – Impuesto sobre el patrimonio
  7. Gobierno de Gipuzkoa – Impuesto sobre el patrimonio

Comprobado por última vez el 12 de diciembre de 2024.


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